Padrón de Importadores y Exportadores en México
Navegar los trámites del Padrón de Importadores y Exportadores es un paso indispensable y crítico para cualquier empresa que participe en el comercio internacional. Un error, una omisión o un desconocimiento de la normativa puede resultar en la suspensión de sus operaciones, afectando directamente la rentabilidad y continuidad de su negocio.
Su Éxito para la obtención del Padrón
La complejidad de estos procedimientos exige un conocimiento profundo y actualizado. Por ello, hemos creado este sitio web, un recurso centralizado con toda la información, fundamentos legales y procesos detallados para gestionar sus inscripciones, modificaciones y reactivaciones ante el SAT de manera exitosa.
Nuestro objetivo es brindarle claridad y certeza. Si en cualquier punto del proceso requiere asistencia experta para asegurar el cumplimiento y agilizar sus trámites, nuestro equipo está a su disposición.
El Padrón de Importadores: Su Llave de Acceso del Mercado Global
El Padrón de Importadores es el registro nacional obligatorio para todas las personas físicas y morales que deseen introducir mercancías a territorio mexicano. Su correcta gestión se divide en dos niveles: el Padrón General y el Padrón de Sectores Específicos.
Padrón General de Importadores
Es el primer y fundamental registro que habilita a una empresa para realizar importaciones.
¿Quiénes deben inscribirse?
Toda persona física o moral que pretenda importar mercancías a México de forma regular.
Condiciones Previas Esenciales (Checklist de Cumplimiento)
Antes de iniciar, es vital asegurarse de cumplir con los siguientes puntos:
RFC
Estar inscrito y activo en el Registro Federal de Contribuyentes.
E.firma
Contar con e.firma (firma electrónica) vigente.
Cumplimiento Fiscal
Estar al corriente en sus obligaciones fiscales (Opinión de Cumplimiento positiva).
Domicilio Fiscal
El estatus del domicilio fiscal debe ser "Localizado".
Buzón Tributario
El estatus del buzón tributario debe estar "Validado".
Agente Aduanal
Tener definido el encargo conferido de al menos un agente aduanal.
Listados del SAT
No encontrarse en los listados de empresas publicadas por el SAT conforme a los artículos 69 y 69-B del CFF.
Proceso de Inscripción (Trámite 5/LA)
El trámite es gratuito y se realiza en línea:
01
Acceder al Portal del SAT
Ingresar a la sección de trámites del Padrón de Importadores.
02
Autenticación
Ingresar con RFC y Contraseña o con la e.firma.
03
Encargo Conferido
Registrar la patente del agente aduanal que gestionará sus operaciones.
04
Envío y Confirmación
Enviar la solicitud y confirmarla utilizando la e.firma.
05
Acuse
El sistema generará un acuse de registro del trámite.

Plazo de Resolución: La autoridad cuenta con un plazo máximo de 6 días para notificar la resolución.
¿Necesita Apoyo en su Inscripción?
Un error en las condiciones previas puede causar el rechazo de su solicitud. En Consorcio Jurídico Aduanero verificamos su estatus y le guiamos para un registro exitoso a la primera.
Padrón de Importadores de Sectores Específicos
Para la importación de mercancías consideradas sensibles por su naturaleza (salud pública, seguridad nacional, economía), es obligatorio inscribirse, además del padrón general, en un padrón específico.
Sectores Regulados (Anexo 10 de las RGCE)
Actualmente, existen 16 sectores específicos de importación:
  1. Productos químicos
  1. Radiactivos y nucleares
  1. Precursores químicos y químicos esenciales
  1. Armas de fuego y sus partes
  1. Explosivos y material relacionado
  1. Sustancias químicas para usos pirotécnicos
  1. Otras armas, armas blancas y explosores
  1. Máquinas y aparatos relacionados con armas
  1. Cigarros
  1. Calzado
  1. Textil y confección
  1. Alcohol etílico
  1. Hidrocarburos y combustibles
  1. Siderúrgico
  1. Productos siderúrgicos
  1. Automotriz
Proceso de Inscripción y Requisitos por Sector (Trámite 6/LA)
El trámite se realiza en el portal del SAT. Además de cumplir con las condiciones del Padrón General, cada sector puede requerir documentación específica.
Sectores 1, 3, 4, 5, 6, 7 y 8
No requieren documentación adicional a la del Padrón General.
Sectores 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16
Se debe adjuntar un archivo de texto con la relación de socios, accionistas y representantes legales, junto con los instrumentos notariales que acrediten su rol en la empresa.
Requisitos Adicionales por Sector:
  • Sector 2 (Radiactivos y Nucleares): Requiere autorizaciones o licencias vigentes emitidas por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
  • Sector 9 (Cigarros): Exige la licencia sanitaria vigente de COFEPRIS.
  • Sector 12 (Alcohol Etílico): Adicionalmente, se debe presentar un escrito libre sobre el uso industrial de la mercancía.
  • Sector 13 (Hidrocarburos y Combustibles): Es el más complejo. Requiere escritos detallando la operación logística, permisos de la CRE o SENER, y contratos con laboratorios de calidad, entre otros.
  • Sectores 14 y 15 (Siderúrgico y Productos Siderúrgicos): Adicionalmente, se debe presentar un escrito libre detallando el proceso industrial y la maquinaria utilizada.

Plazo de Resolución: La autoridad cuenta con 10 días para resolver la solicitud de alta en un sector específico.
Gestión de Sectores Específicos sin Errores
La correcta integración de los expedientes para sectores regulados es crucial. Consorcio Jurídico Aduanero le asesora en la obtención y presentación de cada requisito específico, evitando rechazos y demoras.
El Padrón de Exportadores: Su Puerta de Salida a Mercados Internacionales
Para la exportación de ciertos productos, también es necesario un registro ante el SAT. A diferencia de la importación, no existe un padrón general, solo un Padrón de Exportadores Sectorial.
Padrón de Exportadores Sectorial
Este registro es obligatorio para quienes deseen exportar mercancías de los sectores regulados.
Sectores Regulados (Anexo 10 de las RGCE)
Actualmente, existen 15 sectores de exportación:
  1. Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables
  1. Cerveza
  1. Tequila
  1. Bebidas alcohólicas fermentadas (vinos)
  1. Bebidas alcohólicas destiladas (licores)
  1. Cigarros y tabacos labrados
  1. Bebidas energetizantes
  1. Minerales de hierro y sus concentrados
  1. Oro, plata y cobre
  1. Plásticos
  1. Caucho
  1. Madera y papel
  1. Vidrio
  1. Hierro y acero
  1. Aluminio
Proceso de Inscripción y Requisitos (Trámite 141/LA)
El proceso es distinto al de importación:
1
Medio de Presentación
Se realiza a través de un "caso de aclaración" en Mi Portal del SAT.
2
Formato Requerido
Se debe llenar, firmar y adjuntar el Formato A6 "Autorización de inscripción para el padrón de exportadores sectorial".
3
Requisitos Específicos
Varían según el sector de exportación.
Requisitos Específicos:
  • Sectores 1 a 7 (Bebidas, Alcoholes, Cigarros): Estar al corriente en la presentación de declaraciones del MULTI-IEPS.
  • Sector 8 (Minerales de Hierro): Requiere validación de impacto ambiental de SEMARNAT, título de concesión minera y permiso previo de exportación de la SE.
  • Sectores 9 a 15 (Metales, Plásticos, etc.): Exigen la relación de socios/accionistas y, en algunos casos, escritos detallando el uso industrial o la procedencia de la mercancía.

Plazo de Resolución: La autoridad resuelve en 10 días y el resultado se publica en el portal del SAT.
La Suspensión del Padrón
La suspensión del padrón es la medida cautelar que aplica la autoridad cuando un contribuyente incumple con sus obligaciones. Significa la interrupción inmediata de todas las operaciones de importación y/o exportación.
Causales Comunes de Suspensión (Regla 1.3.3.)
Existen más de 40 causales, pero las más frecuentes son:
E.firma
No contar con e.firma vigente.
Buzón Tributario
Tener el buzón tributario no validado.
Declaraciones
Presentar declaraciones fiscales fuera de plazo.
Domicilio
No ser localizado en el domicilio fiscal.
Terceros
Permitir que un tercero suspendido opere a través de su padrón.
Documentación
Presentar documentación falsa o con datos incorrectos.
Contabilidad
No llevar correctamente la contabilidad o los registros de comercio exterior.
Proceso de Reactivación (Reincorporación)
Padrón de Importadores (Trámite 7/LA):
01
Identificar la Causal
El primer paso es conocer el motivo exacto de la suspensión.
02
Subsanar la Irregularidad
Corregir la situación que originó el problema (ej. actualizar domicilio, presentar declaraciones omitidas, etc.).
03
Presentar la Solicitud
Realizar el trámite en el portal del SAT, adjuntando la documentación que acredite que la causal fue subsanada.
04
Re-acreditación de Sectores
Si la suspensión afectó sectores específicos, se deben presentar nuevamente todos los requisitos de dichos sectores.

Plazo de Resolución: La autoridad tiene un plazo máximo de 15 días para resolver.
Padrón de Exportadores (Trámite 142/LA):
  1. Subsanar la Irregularidad: Al igual que en importación, se debe corregir la falta.
  1. Presentar "Caso de Aclaración": El trámite se gestiona vía "caso de aclaración" en Mi Portal, adjuntando el Formato A6 (marcando la opción de "Dejar sin efectos la suspensión") y toda la evidencia documental.

Plazo de Resolución: La autoridad resuelve en 10 días y publica el resultado.
¿Padrón Suspendido? Cada Día Cuenta.
Una suspensión del padrón detiene su negocio. Actuar rápido y con precisión es fundamental. En Consorcio Jurídico Aduanero somos expertos en diagnósticos urgentes y en la gestión de trámites de reincorporación para que recupere su operatividad en el menor tiempo posible.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué costo tienen los trámites de inscripción a los padrones?
Todos los trámites de inscripción, modificación y reincorporación a los padrones son gratuitos.
¿Cuánto tiempo tardan los trámites?
  • Inscripción Padrón General de Importadores: 6 días.
  • Inscripción a Sectores Específicos (Impo y Expo): 10 días.
  • Reincorporación Padrón de Importadores: 15 días.
  • Reincorporación Padrón de Exportadores: 10 días.
  • Baja Voluntaria de Padrón de Exportadores: 3 días.
¿Cuál es el error más común que causa el rechazo de una solicitud?
Una de las principales causas de rechazo, especialmente en solicitudes para sectores específicos, es no tener actualizada la información de los socios, accionistas y representantes legales en el RFC de la empresa. La autoridad verifica que la información presentada coincida con la registrada en sus sistemas. Cualquier discrepancia resultará en un rechazo.
Mi padrón fue suspendido, ¿qué es lo primero que debo hacer?
Lo primero es identificar la causal exacta notificada por el SAT. Luego, reunir la documentación que demuestre que la irregularidad ha sido corregida. Es altamente recomendable buscar asesoría legal especializada de inmediato para estructurar correctamente la solicitud de reincorporación.
¿Qué es el "encargo conferido"?
Es la autorización que el importador otorga a un agente aduanal para que, utilizando su patente, pueda realizar operaciones de comercio exterior en su nombre y representación. Es un requisito indispensable para estar en el Padrón de Importadores.
¿Puedo darme de baja voluntariamente de un padrón?
Sí. Para el Padrón de Exportadores Sectorial, puede solicitar la baja voluntaria de uno o todos los sectores mediante un escrito libre presentado ante la autoridad (Trámite 143/LA). Para importadores, la disminución de sectores se gestiona dentro del mismo Trámite 6/LA.
Evite Errores Costosos y Agilice sus Operaciones
La gestión del Padrón de Importadores y Exportadores es una tarea de precisión. En Consorcio Jurídico Aduanero, nuestro equipo de abogados y especialistas en comercio exterior le ofrece la certeza y la eficiencia que su negocio necesita.
Desde la verificación de cumplimiento hasta la gestión completa de sus trámites y la atención de suspensiones, estamos aquí para ser su aliado estratégico.
Fundamento Legal Principal:
  • Ley Aduanera: Artículo 59, Fracción IV.
  • Reglamento de la Ley Aduanera: Artículos 82, 84, 85, 87.
  • Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025: 1.3.1., 1.3.2., 1.3.3., 1.3.4., 1.3.7. y Anexo 10.
Contáctenos hoy mismo y asegure el flujo de sus operaciones de comercio exterior.
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